martes, 15 de junio de 2010

Si Rajoy y Zapatero consultan con los laboralistas la reforma, nosotras también

Por Pilar Portero

Tanto el presidente como el aspirante a la Moncloa han pedido a varios bufetes de abogados laboralistas que analicen y valoren la reforma laboral. Ninguno de los dos se siente seguro en el terreno económico y menos en el laboral y han estado buscando asesoramiento. No sabemos si para evitar hacer y decir más bobadas o que para que apuntalen las ideas 'prestadas' que exhiben. Fijo que son de los que ni siquiera se leen su contrato antes de firmarlo.

4,6 millones de parados y la certeza de que la cifra seguirá engordando. Y aquí, cada loco con su tema. Empresarios y sindicatos han sido contundentes con su negativa a aceptarla. Los partidos, como siempre, están eligiendo el tipo de chantaje que más les conviene. A los economistas que hace un año plantearon el contrato único entre otras reformas estructurales, les recibió ayer Zapatero con sus miedos a cuestas. Ellos trataron de convencerle de la urgencia de adoptar decisiones de mayor profundidad. En línea con lo que nos han respondido dos abogados que se enfrentan a diario a las incongruencias de un mercado laboral no apto para situaciones de crisis. Coinciden en que algunas medidas pueden facilitarles el trabajo cotidiano pero también en que la reforma no va a suponer una transformación del mercado ni a contribuir a generar empleo. Echan en falta haber metido mano a los convenios colectivos y la simplificación de los contratos. Este es un aperitivo antes del Consejo de Ministros en el que se aprueba el texto.

Jesús Gimeno. Abogado/ Associate de Jones Day.
¿La reforma supone un cambio sustancial del mercado de trabajo?
Supone un cambio importante, aunque no alcanza las expectativas de la mayoría de los expertos en derecho laboral, que llevan tiempo reclamando una modificación de mayor calado. Esto no quiere decir que no haya cambios importantes y positivos de cara a dinamizar el mercado laboral, que los hay (por ejemplo, simplificación de las causas para justificar los despidos objetivos por causas económicas), pero se echan de menos cambios más profundos en otros aspectos como la negociación colectiva. En definitiva, si bien se trata de un cambio importante desde un punto de vista legal, no creo que implique un cambio sustancial en el mercado de trabajo.
¿Qué aspectos era imprescindible acometer ya?
Era importante definir con mayor claridad en que casos puede una empresa llevar a cabo despidos objetivos (por causas económicas, organizativas, técnicas o de producción), y facilitar el acceso a esta modalidad de despido ya vigente. Actualmente es muy complicado acreditar la existencia de esas causas. Con la reforma, se simplifica el acceso a este despido por causas económicas. Este tema, en mi opinión, es positivo, aunque la reforma debería ser más clara en cuanto a en que casos existen causas económicas (se hablaba, por ejemplo, de que se considerase que hay razones económicas cuando la empresa acredite pérdidas durante 6 meses consecutivos, pero esto no se ha incluido).
¿En qué puntos se han quedado cortos o han sido tímidos?
Así como se clarifica el despido por causas objetivas, se debería haber hecho lo mismo con las modificaciones sustanciales de las condiciones laborales y la movilidad geográfica.
Las reformas en el contrato temporal son inútiles, en mi opinión. Habría que simplificar los tipos de contrato en general, tanto el temporal como el indefinido, dado que hay decenas de tipos distintos y ni los abogados laboralistas nos los conocemos todos.
Un aspecto importante que, de acuerdo con el documento publicado, no se tiene intención de abordar, es de la negociación colectiva: el actual sistema de Convenios Colectivos es uno de los principales lastres del mercado laboral, dado que están negociados a nivel sectorial, por patronal y sindicatos, pero son de aplicación obligatoria a grandes, medianas y pequeñas empresas, indistintamente, hayan intervenido en la negociación o no. Esto supone que son de obligado cumplimiento para todas las empresas, independientemente de su situación económica, de su tamaño, de su antigüedad y experiencia, etc. En mi opinión, debería modificarse este sistema de Convenios Colectivos obligatorios; de acuerdo con nuestra experiencia, es un sistema único en Europa occidental (Italia, Francia, Alemania, Bélgica y Reino Unido).

¿Cómo valoras el fondo para pagar las indemnizaciones ?
El tema del fondo de capitalización me parece que puede ser una medida positiva, pero que para que funcione se tiene que implementar de manera decidida y valiente. Debería servir para, a medio plazo, eliminar el sistema de indemnizaciones actuales. No creo que funcione en un sistema mixto, es decir, manteniendo las indemnizaciones actuales e implementando el fondo, dado que al final supondrá un mayor coste en las contrataciones.


Emilio Gómez. Abogado Socio de A&S Sampere Abogados

¿Que aspectos debería abordar el texto?
La parte prioritaria debería versar sobre la facilitación de la contratación. Ya sé que se dice que las bonificaciones no han servido de nada, pero creo que hay que incentivar al empresario. Y facilitar un contrato temporal de duración determinada (p.ej., 2 años), que pudiera finalizar sin tener que alegar causa (esto ya existía hace años), manteniendo la indemnización de 8 días/año. Quizá no sea “políticamente correcto”, pero 1) ayudaría a introducir/reintroducir gente al mercado de trabajo; aliviaría al Estado el gasto en prestaciones; cuando uno demuestra que vale, la empresa intenta retenerle por todos los medios. Y por otra parte, el despido: también es importante tener seguridad en cómo va a ser y cuánto va a costar la posible finalización de la relación laboral. Para ello, tenemos el ejemplo perfecto: el contrato de 33 días/año, que ya existe y que, no olvidemos, fue pactado entre sindicatos y empresas. Ampliemos y ciñamos las causas para aplicarlo.

¿Qué ha olvidado la reforma?
Los convenios colectivos. Especialmente la llamada “ultraactividad” de los mismos (el convenio sigue teniendo vigencia en tanto no se acuerde otro) que no es precisamente un buen acicate para negociar. También dar más poder a los convenios de empresa y mayores posibilidades de flexibilización en su contenido y en su aplicación, además de reordenar el “entramado” de convenios colectivos (ámbito nacional, sectorial, provincial, de empresa...). Y por otro lado, el fomento de retribuciones variables.

¿En qué temas se queda corta?
No toca el tema convenios, el documento no habla del despido de 20 días, no aporta soluciones imaginativas, el “modelo austríaco” se pospone a 2012,…: es un amago de “reformita” que intenta complacer a todos.
Creo que hay una reforma que es imprescindible: la de la mentalidad de sindicatos y empresarios: debemos avanzar con unos sindicatos y unos empresarios que no se reunan para ir uno en contra del otro, sino para remar en la misma dirección: el desarrollo de la empresa, y la repercusión en los trabajadores de la buena marcha de la misma. Para ello, cada año habrá que adoptar medidas distintas, tanto “a favor” como “en contra”.

1 comentario:

  1. Frau Portero, me he quedao a cuadros... preguntas dos veces en qué se queda corta la reforma y nunca en qué se pasa de rosca. Y para mí que esa era la pregunta clave! Por qué hay tanta comprensión con el recorte de derechos?

    Saludos.

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